Cuotas obrero
patronales IMSS en CFDI.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del
Servicio de Administración Tributaria (SAT) y el Instituto Mexicano del Seguro
Social (IMSS), informan que a partir del
mes de Julio de 2014 se emiten comprobantes fiscales digitales a los
patrones, por el pago que hacen de las cuotas obrero patronales.
Recordemos que existe una prórroga para que las dependencias
y entidades gubernamentales puedan diferir la expedición de comprobantes
fiscales digitales a través de internet (CFDI) por el pago de contribuciones de
Enero a Junio.
Dicha emisión «de CFDI» será el comprobante que permita a los
empleadores que realizaron el pago de cuotas obrero patronal deducir del
impuesto sobre la renta correspondiente a la cuota patronal que ellos pagan al
IMSS.
Descarga.
Acceso a SIPARE:
Se recomienda que el
comprobante se obtenga a través de la página web del IMSS ya que estas contienen el detallado del Periodo, Folio SUA,
Fecha de Pago, así como el formato correcto del mes de pago. Mientras que los
del SAT, el contenido y formato del PDF no lo contienen.
Comentarios.
Los comprobantes en CFDI serán los comprobantes Fiscales
Deducibles, sin embargo, aún debemos tener cuidado al guardar la información
relacionada con el mes de pago que corresponda.
A partir de ahora será necesario controlar y resguardar lo
siguiente:






Lo anterior es así derivado de la importancia, finalidad y
utilidad que cada documento por sí mismo representa.
También es preciso comentar que dichos CDFI se emiten por el
total pagado por las ramas que administra el IMSS y únicamente emite el
comprobante por el Rubro de Cuotas IMSS y RCV. Quedando hasta el momento sin
soporte en Documento Digital el rubro de INFONAVIT, de quien se espera que a
brevedad comience a cumplir con su parte correspondiente en materia de emisión
de CFDI.
Finalmente, es importante hacer mención de que dicho
comprobante CFDI de Cuotas, se nos estará emitiendo con posterioridad al pago.
Esto es así porque los sistemas del Instituto deben detectar el pago y procesar
el detalle del mismo. Debiendo quedar en el mismo mes.
Saludos…
Lic. Juan Carlos Rodríguez
Fierro
http://www.microsoft.com/es-mx/download/details.aspx?id=11816
ResponderBorrarhttp://losimpuestos.com.mx/regimen-de-incorporacion-fiscal/
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